Las normas oficiales mexicanas en productos alimenticios procesados en México

Resumen

Hablar de normativa es hablar de un conjunto de normas por las que se regula o se rige una determinada materia o actividad, por lo que en nuestro país esas normas son de carácter obligatorio dando su sustento en las Normas Oficiales Mexicanas. Para el caso de productos alimenticios procesados, éstos deben cumplir en el etiquetado, presentación y publicidad que le permitan al consumidor estar informado de lo que compra. La etiqueta debe ser comprensible, visible, en el idioma del país. Por lo que el objetivo de esta investigación es citar la normativa que deben cumplir los alimentos procesados envasados que se elaboran y distribuyen en el territorio nacional, para identificar si cumplen con lo que la autoridad marca como regla para ser comercializado.


Palabras clave: normatividad, norma, etiqueta, Catálogo General de Normas

Abstract

Regulation is a set of rules that regulates or governing a particular subject or activity, so that in our country these standards are unavailable compulsory giving their livelihood in the official Mexican standards. In the case of processed food products, these must meet in the labelling, presentation and advertising which allow the consumer to be informed of what you buy. The label must be understandable, visible, on the language of the country. So the objective of this research is to quote the legislation that must comply with packaged processed foods are produced and distributed in the national territory, to identify if they comply with what the Authority marks as a rule to be marketed.


Keywords: regulation, standard, label, General catalogue of standards

Introducción

En México como en todo el mundo para poder comercializar un producto sobre todo alimenticio, es indispensable que éste cumpla con estándares de calidad y etiquetado, los cuales ayudarán a que se comercialice garantizando con ello, que se ha elaborado con higiene y cuidado.

El elemento informativo, que todo fabricante utiliza como medio de comunicación entre el fabricante y el consumidor final, es la etiqueta, la cual  identifica, describe y diferencia de otros productos; su uso se ha convertido en una medida adoptada por todos los países de carácter obligatorio.

El etiquetado en un producto está normado en la Ley Federal sobre Metrología y Normalización  creada el 1ro. de julio de 1992, siendo el Presidente de la República, Carlos Salinas de Gortari  (H. Congreso de la Unión, 2015) ,

A pesar de ser un elemento indispensable en todo producto, no todas las empresas cumplen cabalmente con la normativa, viéndose afectados principalmente los usuarios; por lo tanto los productos domésticos, como los de otros países deben de cumplir los estándares que se acuerdan por consenso mundial en organismos internacionales creados para tal efecto y que se rigen por las reglas de la Organización Mundial de Comercio (OMC)  (Moreno, Trejo, & Moreno, 2010) .

A través de esta investigación, se pudo observar que los productos que se distribuyen en tiendas formales, si cumplen con la normativa, debiendo ser una regla tanto gubernamental como comercial;  la normativa de un producto alimenticio, como cualquier otro producto que se comercialice en territorio nacional, deberá cumplir con los requisitos, normas, leyes y reglamentos que son necesarios para comercializarlo, siendo muy observados por las autoridades, conllevando con ello, al retiro del producto de los stands, cuándo esto no se cumple.

Por lo que el objetivo de este proyecto es citar la normativa que debe cumplir un producto alimenticio envasado, bajo la NOM-051-SCFI/SSA1-2010  (Dirección General de Normas, 2015) con el fin de que pueda ser comercializado en México, descansando la normativa en el etiquetado de los mismos, facilitando con ello, la información que una etiqueta debe contener; así como, los organismos que regulan y apoyan en este tema.

Marco teórico

En nuestros días, donde existe un libre intercambio de productos y servicios, mismos que son normados por organismos internacionales como la Organización Mundial de la Salud (OMS) y la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO), creadas en 1963, quienes se encargan de elaborar las normas, directrices y códigos de prácticas alimentarias internacionales, que aunque se tratan de recomendaciones cuya aplicación por los Estados miembros es facultativa, las normas del Codex Alimentarius, sirven en muchas ocasiones de base para la legislación nacional  (Normas Internacionales de Alimentos, CODEX Alimentarius, 2015) .

La importancia del Codex Alimentarius

Es por ello, que el Codex Alimentarius se sitúa como un centro de debates mundiales, tratando temas sobre biotecnología, plaguicidas, aditivos alimentarios y los contaminantes, esto debido a las preocupaciones de los Estados sobre las cuestiones de inocuidad de los alimentos, existiendo la Comisión del Codex Alimentarius como el más alto organismo internacional en materia de normas de alimentación, conformada actualmente por 186 miembros del Codex: 185 Estados Miembros y 1 Organización Miembro (Unión Europea)(Idem).

El Codex Alimentarius contiene más de 200 normas que son generalmente recomendaciones de etiquetado de los alimentos, el empleo de aditivos, sustancias contaminantes, métodos de análisis y pruebas, higiene alimentaria, nutrición y alimentos para dietas especiales (FAO, 2015) .  Considerando además que el Codex tiene como objetivo de que los países adopten comportamientos éticos que garanticen la calidad y seguridad en los alimentos que se comercializan en el mundo.

El marco normativo de la NOM

El marco normativo en que se fundamentan las normas está integrado por el derecho externo y el derecho interno, como así lo cita Quintanilla en su libro sobre Las Normas Oficiales Mexicanas (2006) , por lo tanto son aplicables en el ámbito nacional: Ley Federal de Competencia Económica; Ley Aduanera; Ley de Comercio Exterior; Ley Federal de Protección al Consumidor; Ley General de Salud; Ley Federal de Sanidad Animal; Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y sus reglamentaciones correspondientes; en lo internacional, por una serie de organismos agrupados básicamente en tres rubros:

  • Organismos internacionales clásicos: ISO, OEC, CODEX Alimentarius/FAO;
  • Organismos normalizadotes formales cuyas normas son usadas internacionalmente, American Society of Mechanical Engineering (ASME);
  • Organismos normalizadotes que podrían denominarse ad hoc, como el Internet Engineering Task Force (IEFT).

El gobierno federal preocupado en que los productos que se comercializan en nuestro país cumplan con los estándares de calidad e inocuidad, ha descansado esta responsabilidad en la Secretaría de Economía (2015) para participar en foros y organismos internacionales tales como:

  • Codex Alimentarius
  • Comisión Panamericana de Normas Técnicas (COPANT)
  • Comisión Electrotécnica Internacional (IEC) y
  • Organización Internacional de Normalización (ISO)

Es importante resaltar que el medio de comunicación entre el fabricante y el consumidor es el etiquetado, escrito, impreso o gráfico que contiene información sobre el contenido del alimento que se está adquiriendo; así como del fabricante. Las normas de etiquetado de alimentación están sometidas al derecho alimentario propio de cada país, así como de la FAO, organismo especializado de la ONU que armoniza las buenas prácticas. Para el caso de México, la Secretaría de Economía y la Secretaría de Salud, se encargaron de diseñar la NOM-051/SSA1-2010 (Dirección General de Normas, 2015)   mismas que se apoyan con la COFEPRIS y PROFECO.

De acuerdo con la Ley de Metrología y Normalización, en su artículo III, fracción XI,  define  como Norma Oficial Mexicana:

La regulación técnica de observancia obligatoria expedida por las dependencias competentes, conforme a las finalidades establecidas en el artículo 40, que establece reglas, especificaciones, atributos, directrices, características o prescripciones aplicables a un producto, proceso, instalación, sistema, actividad, servicio o método de producción u operación, así como aquellas relativas a terminología, simbología, embalaje, marcado o etiquetado y las que se refieran a su cumplimiento o aplicación.

Casi siempre, una norma se mantiene vigente solo por cinco años; no obstante, un año antes de que se acabe su vigencia, se pude indicar en el Diario Oficial de la Federación que la norma entra en revisión para su sustitución, cancelación o refrendo. Y es una obligación que las dependencias publiquen los proyectos de normas oficiales mexicanas en el Diario Oficial de la Federación , para que cualquier interesado pueda dar su opinión antes de que la norma pueda ser adoptada; así como, la obligación de analizar y responder a los comentarios formulados durante ese período.

Destacando que la normalización en un producto o servicio, es el proceso mediante se regulan las actividades desempeñadas por los sectores público y privado, en materia de salud, medio ambiente, seguridad al usuario, información comercial, prácticas de comercio, industrial y laboral, que establece las especificaciones, los atributos, las características de un producto, proceso o servicio (Moreno, 2010). La normalización se plasma en un documento en el cual los sectores interesados como: fabricantes, usuarios y gobierno, acuerdan las características técnicas deseables en un producto, proceso o servicio debe contener;  este documento se elabora, expedita y difunde a nivel nacional, llamado “norma”.

Tanto la metrología como la normalización son aspectos cualitativos de los bienes y servicios, regulados por la Ley Federal de Metrología y Normalización promulgada por Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 1ro. de julio de 1992, (Quintanilla, 2006).

De acuerdo a la Secretaría de Economía (ver Figura 1), lasnormas pueden ser de tres tipos: Norma oficial mexicana (NOM); Norma mexicana (NMX); y Normas de referencia (NRF).

  • Como ya se mencionó las Normas Oficiales Mexicanas (NOM), son técnicas, de carácter obligatorio, elaboradas por las dependencias competentes y tienen una vigencia de 5 años. Son expedidas por dependencias normalizadoras competentes a través de los Comités Consultivos Nacionales de Normalización, de acuerdo al artículo 40 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización.
  • Las Normas Mexicanas (NMX) las elaboran un organismo nacional de normalización, o una Secretaría,  que nombra reglas, especificaciones, atributos, métodos de prueba, directrices, características o prescripciones aplicables a un producto, proceso, instalación, sistema, actividad, servicio o método de producción u operación; así como, aquellas relativas a terminología, simbología, embalaje, marcado o etiquetado ( Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, 2015).
  • Las Normas de Referencias (NRF) son elaboradas por las entidades de la administración pública: PEMEX, CFE, para aplicarlas a los bienes o servicios que adquieren, arrienden, o contrate, cuando las normas mexicanas o internacionales no cubran los requerimientos de las mismas; se elaboran de conformidad con el artículo 67 de la Ley Federal de Metrología y Normalización.

 

Figura 1. Tipos de normas

Fuente: Secretaría de Economía, 2015

 

De acuerdo con el  Catálogo Mexicano de Normas, que es el documento oficial de la Dirección General de Normas para la consulta de las mismas, a febrero de 2015,  existen 974 (ver Gráfica 1), siendo la más representativa la Secretaría de Salud con 145 normas definitivas, corroborando que su principal objetivo prevenir los riesgos a la salud, la vida y el patrimonio.

Las NOMS se elaboran bajo cuatro principios claves: representatividad, consenso, consulta pública obligatoria y revisibilidad de las normas.

 

Gráfica1: NOMs y sus Dependencias Federales

Fuente: Elaboración propia con información de la Secretaría de Economía, 2015

 

El diseño de una NOM

El diseño de una norma está sustentado en el artículo 46 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización (Normalización, 2015)  y  se conforma de la siguiente manera: para un proyecto de norma oficial mexicana será PROY-NOM- (número)- (dependencia) - (año); para una de emergencia será NOM – EM –(número) – (dependencia) – (año); y para una norma oficial definitiva será NOM – (número) – (dependencia) – (año) (Factual Services, S. C. , 2015).

También existen las Normas Mexicanas (NMX) que tienen una misión diferente: establecer requisitos mínimos de calidad con el propósito de brindar mayor orientación al consumidor.  Muchas NMX son métodos de prueba y guías para sistemas de gestión. De cualquier forma, el cumplimento de este tipo de normas, no es obligatorio. Se fundamentan en el Artículo 3, Fracción X de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización.

Para lograr la estandarización se crearon dos organismos del gobierno federal: uno técnico llamado, Centro Nacional de Metrología (CENAM) y otro administrativo, llamado, Dirección General de Normalización (DGN) (Quintanilla, 2006), ambos dependientes de la Secretaría de Economía.

La labor de la Procuraduría Federal del Consumidor (PROFECO)

Para la vigilancia del cumplimiento de una NOM, la Procuraduría del Consumidor (PROFECO), se encarga de realizar inspecciones in situ (ver Figura 2),  verificando que los fabricantes, importadores o comercializadores de alimentos bebidas no alcohólicas preenvasados, comercializados dentro del territorio nacional, cumplan con la información comercial y sanitaria que debe contener el etiquetado o su envase, entre la que se encuentra el nombre o denominación del aliento o bebida no alcohólica (Profeco, 2015).

 

Figura 2. Vigilancia de la PROFECO en establecimientos

Fuente: Noticias MVS México 2014

 

Las Normas Oficiales Mexicanas que regulan los alimentos procesados envasados

Las dependencias federales encargadas de vigilar que los alimentos y bebidas no alcohólicas cuenten con la calidad requerida para su comercialización, a través del etiquetado, diseñaron la NOM-050-SCFI/SSA1-2010, queestablece claramente estos lineamientos, apoyándose de otras normas, tanto técnicas como generales, mismas que a continuación se describen (ver Figura 3).

 

Figura 3. NOMs generales y específicas relacionadas con la NOM-051-SCFI/SSA1-2010

Fuente: Dirección General de Normas, 2015

 

La importancia de la NOM 051-SCFI-SSA1/2010

Su importancia radica en que garantiza que los productos que se comercialicen cumplan con la información comercial que debe exhibirse en su etiqueta o envase, con el fin de avalar una efectiva protección al consumidor.

Sus objetivos principales son:

  • Establecer información comercial y sanitaria
  • De alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados
  • Las características de la información

Como información sanitaria y comercial obligatoria se encuentra:

  • Nombre o denominación del alimento o bebida
  • Lista de ingredientes
  • Etiquetado cuantitativo de ingredientes
  • Contenido neto y masa drenada
  • Nombre, denominación o razón social y domicilio fiscal
  • País de origen
  • Identificación del lote
  • Fecha de caducidad o de consumo preferente
  • Información nutrimental

De igual forma, se considera información adicional:

  • Información o representación gráfica que no este en contradicción con lo establecido en la NOM
  • Declaración de propiedades
  • Leyes precautorias: Consérvese en un lugar fresco, manténgase cerrado, no se deje al alcance de los niños

La NOM-051-SCFI/SSA1-2010 no aplica para productos a granel y para los productos que haya sido envasados en su punto de venta.

Cuando la normativa no se cumple

Cuando la normatividad no se cumpla en el etiquetado o envase de un producto alimenticio o bebida no alcohólica, la PROFECO o COFEPRIS a través de visitas de verificación  determinarán las sanciones administrativas correspondientes de conformidad con lo previsto por esta Ley de Metrología y Normalización, que pueden ser multa; clausura temporal o definitiva, que podrá ser parcial o total; arresto hasta por treinta y seis horas; suspensión o revocación de la autorización, aprobación o registro según corresponda. n caso de reincidencia, la multa impuesta por la infracción anterior se duplicará sin que en cada caso su monto total exceda de doble del máximo fija en el artículo 112A de la LFMN    ( Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, 2015).

La concordancia de la NOM-051-SCFI/SSA1-2010 a nivel internacional

Como ya se ha comentado, México trabaja de acuerdo a las recomendaciones del CODEX Alimentarius, siendo el caso de la NOM-051,  que fue diseñada de acuerdo a la concordancia de las normas internacionales:

  • CODEX STAN 1-1985, Rev.1-1991. Norma General para el Etiquetado de los Productos preenvasados, y sus respectivas enmiendas.
  • CAC/GL 1-1979, Rev. 1-1991. Directrices generales sobre declaraciones de propiedades, y sus respectivas enmiendas.
  • CAC/GL 2-1985, Rev. 1-1993. Directrices sobre Etiquetado Nutricional, y sus respectivas enmiendas.
  • CAC/GL 23-1997, Rev. 1-2004. Directrices para el uso de declaraciones nutricionales y saludables, y sus respectivas enmiendas.

El etiquetado del producto

El cumplimiento de la normatividad se vierte en la etiqueta del producto, la cual  debe ser ilustrativa, confiable, descriptiva, ya que ella dará la información que todo consumidor debe saber. Desde su concepto, una etiqueta es la parte de un producto que transmite información sobre el producto y el vendedor. Puede ser parte del empaque o estar adherida al producto (Stanton, 2007).

Para los autores Kerin, Hartley y Rudllus (2007), la etiqueta "es una parte integral del empaque y suele identificar al producto o marca quién lo hizo, dónde y cuándo se hizo, cómo debe usarse y el contenido y los ingredientes del paquete"

Si los fabricantes cumplieran con esta descripción de la etiqueta, todos estarían satisfechos con lo que se vende y con lo que se compra, sin embargo la realidad es diferente a lo que en concepto debería ser.

Existen diferentes tipos de etiquetas que se pueden utilizar en un producto especificar su fabricación uso y consumo entre las cuales se encuentran:

  • Etiquetas Persuasivas: aquellas que se centran en un tema o logotipo promocional, y la información al cliente es secundaria.
  • Etiquetas Informativas: diseñadas con objeto de ayudar a los consumidores a que seleccionen adecuadamente los productos y a reducir su disonancia cognoscitiva después de la compra (ver Figura 2).
  • Etiqueta de Marca: es sencillamente la etiqueta sola aplicada al producto o al empaque. Por ejemplo, la etiqueta de una prenda de vestir.
  • Etiqueta Descriptiva:es la que da información objetiva acerca del uso del producto, su hechura, cuidado, desempeño u otras características pertinentes. Por ejemplo, la etiqueta de productos nutricionales y medicamentos.
  • Etiqueta de Grado: identifica la calidad juzgada del producto mediante una letra, un número o una palabra. Por ejemplo, los duraznos enlatados tienen etiquetas de grados A, B o C y el maíz y el trigo ostentan etiquetas de grados 1 y 2.
  • Etiqueta obligatoria: es uno de los medios que disponen los gobiernos para proteger al consumidor en su salud, seguridad y de los informes engañosos.
  • Etiqueta sistemática: Informa sobre la composición y las propiedades de los productos.
  • Etiqueta concebida y aplicada por los productores y vendedores: La mayor parte de las etiquetas no obligatorias entran en ésta categoría ya que describen el contenido en forma total o parcial (Marketing-Free, 2015).

 

Figura 4. Ejemplo de etiquetas informativas y persuasivas

Fuente: Eticom.com.mx 2015

 

            La etiqueta se considera como la tarjeta de presentación del producto, por lo que ésta debe ser transparente y comprensible y consta de dos paneles, el primero indica la información básica del producto:

  • Denominación o Nombre del producto:indica que es exactamente el producto.
  • Marca comercial: una Marca es un signo, con capacidad distintiva, que permite diferenciar los productos o servicios de una empresa de los de los demás (Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, 2015).
  • Contenido neto: cantidad de producto preenvasado que permanece después de que se han hecho todas las deducciones de tara cuando sea el caso.

El segundo panel se encuentra constituido por los siguientes elementos:

  • La tabla nutrimental: es aquí donde se declara la cantidad de nutrientes contenidos en el alimento, la cual debe contemplar estrictamente el contenido de: los carbohidratos, el sodio, el potasio, el colesterol, las grasas y las vitaminas contenidas en el producto (ver Figura 3).

 

Figura 5. Ejemplo de tabla nutrimental

Fuente:  www.nestlé.com

 

  • Dirección y nombre del fabricante, importador o distribuidor del producto: para que el consumidor identifique quien elabora el producto y donde lo elabora.
  • La declaración de ingredientes: en ella se deben mencionar todos los ingredientes con que está elaborado el producto, mencionándolos en forma decreciente (mayor a menor),  es decir del que este compuesto en mayor medida el producto al que represente una cantidad menor.
  • La fecha de caducidad: se indica en el producto para saber su durabilidad.
  • Lote: código que especifica el número de producto de acuerdo al inventario que lleve la empresa, puede ser colocado en la etiqueta o el envase que lo contenga.
  • Código de barras: el Código de Barras es un símbolo de identificación único y preciso que cualquier producto necesita implementar para poder ser vendido en las cadenas comerciales, es además indispensable para conquistar nuevos mercados. Proporciona ventajas como: tener mayor control del producto para acceder a información estratégica en la toma de decisiones (GS1 México, 2015).   
  • País de origen: se indica para saber la procedencia del producto.
  • Leyendas precautorias: previene al consumidor sobre el cuidado, uso y consumo del producto.
  • Línea de atención: colocada para permitirle al consumidor pedir información sobre el producto.

            Las etiquetas desempeñan diversas funciones entre las cueles se encuentran:

  • En primer lugar, identifican el producto o la marca.
  • En segundo lugar, descripción e información del producto.
  • En tercer lugar, sirven para describir el producto: quién lo fabricó, dónde, cuándo, qué contiene, cómo se utiliza e indicaciones de uso seguro.
  • En cuarto lugar promocionar mediante diseño, frases promocionales que las distinguen del resto.
  • Y por último cumplimiento de las leyes, normas y reglamentos vigentes en la para la industria y sector de cada país.

Organismos públicos que asesoran en el etiquetado de productos

Diferentes organismos  se encargan de asesorar a todo tipo de empresas relacionados con la comercialización de productos y las regulaciones que deben de cumplir, según sea el producto, algunos de ellos son:

  • La  Secretaria de Economía: es una dependencia del Gobierno Federal encargada de emitir reglas y criterios de carácter general en materia comercial tanto nacional como internacionalmente.
  • Secretaria de Salud a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, cuyo objetivo es contribuir a un desarrollo humano justo, incluyente y sustentable, mediante la promoción de la salud como objetivo social compartido y el acceso universal a servicios integrales y de alta calidad que satisfagan las necesidades y respondan a las expectativas de la población, al tiempo que ofrecen oportunidades de avance profesional a los prestadores, en el marco de un financiamiento equitativo, un uso honesto, transparente y eficiente de los recursos, y una amplia participación ciudadana, además de ser una de las involucradas en la elaboración de la NOM-051.
  • La Procuraduría Federal del Consumidor: es un organismo que se encarga de proteger y promover los derechos del consumidor, fomenta el consumo inteligente,  procura la equidad y seguridad jurídica en las relaciones entre proveedores y consumidores,  surgió como la instancia encargada de defender los derechos del consumidor, prevenir abusos y garantizar relaciones de consumo justo.

El cumplimiento de todos estos elementos permitirá que un producto sea  comercializado en nuestro país bajo las normas, leyes y reglamentos establecidos por los organismos regulatorios, viéndose beneficiado los fabricantes al poder comercializar su producto a un mayor número de puntos de venta y con ello, los clientes.

Conclusiones

La investigación tuvo como objetivo citar la normativa que debe cumplir los productos alimenticios y bebidas no alcohólicas preenvasados en México, misma que descansa en la etiqueta del producto y que debe cumplir con una serie de requisitos que la norma NOM-051-SCFI/SSA1-2010  establece.

Es conveniente resaltar que los productos que se venden en establecimientos, si cumplen con la normativa (ver Anexos) correspondiente, aunque pudiera darse el caso de algunos  productos que no en su totalidad cuentan con ella y se distribuyen y venden en nuestro país; sin embargo, es válido resaltar que aquellos que no lo hacen son retirados del mercado, gracias a las visitas de inspección que realiza la Profeco.

Cuando los productos cumplen con la normativa, es más fácil distribuirlos en diferentes puntos de venta, desde un supermercado hasta un punto de venta especializado, es por ello, que se convierte no solo en una comunicación entre fabricante-cliente, sino también en un estrategia competitiva que las empresas deben utilizar para generar mayores ventas. 

Con mayor frecuencia se ven en los puntos de ventas, envases con etiquetas más llamativas e informativas que resaltan a la vista, las ventajas de los productos, convirtiéndose en una guerra de stands, dando como resultado, clientes mejores informados de lo que están comprando; por lo que la etiqueta se convierte es un elemento estratégico (ver Anexo 2) para el producto y no solamente informativo.

Asimismo, la información y las instituciones que apoyan al microempresario o emprendedor en el conocimiento de la normativa son de fácil consulta, sólo basta con acceder en la página de la Secretaría de Economía/Dirección General de Normas para obtener la información necesaria, todo es cuestión de querer vender más en  un mercado tan competitivo.

Referencias

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Moreno, J. A., Trejo, P., & Moreno, H. (2010). Comercio Exterior sin barreras, todo lo que usted necesita saber en materia aduanera y de comercio exterior. México, D.F.: Tax Editores Unidos, S.A. de C.V.

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Quintanilla, M. (2006). Las Normas Oficiales Mexicanas, Su constitucionalidad, impacto en la modernización del Derecho Mexicano y estrecha vinculación con el Derecho Internacional. México, D.F. : Editorial Porrúa.

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Stanton, W. (2007). Fundamentos de Marketing. México, D.F.: McGraw-Hill.

ANEXOS

 

Ejemplo de productos comercializados en punto de vental

 

 

Ejemplo de etiqueta formal

 

 

Ejemplo de una etiqueta formal indicando la normativa

 

[a] Profesor investigador - Universidad Politécnica Metropolitana de Hidalgo

[b] Profesor investigador - Universidad Politécnica Metropolitana de Hidalgo

[c] Profesor investigador - Instituto Politécnico Nacional.