OBJETIVO |
META |
Difundir los elementos de la política de equidad de género favoreciendo la implantación del MEG:2003 |
Durante el año 2011 se difundirá la política de equidad de género al 80% del personal por medio de correos electrónicos |
Difusión de la figura del Defensor Universitario y las medidas en contra de la discriminación y el hostigamiento. |
Durante el año 2011 se difundirá la existencia de la figura del Defensor Universitario por medio de Carteles elaborados por la coordinación de la Licenciatura en Diseño Gráfico 100% |
Combatir el hostigamiento sexual, moral, laboral y escolar en la UAEH |
Durante el año 2011 se difundirá información acerca del hostigamiento al 70% del personal de la Escuela Superior Actopan |
PERSONAL ESCUELA SUPERIOR DE ACTOPAN
Las y los trabajadores universitarios adscritos a la Escuela Superior de Actopan establecen los siguientes compromisos:
Atender de manera indistinta según lo permitan nuestras actividades diarias, de la manera más pronta y efectiva.
Desempeñar el trabajo con buena calidad en los términos de los sistemas institucionales.
Conducta equitativa y cálida que todo el personal deberá observar entre si y para con los usuarios o usuarias de los servicios o con el público en general.
Compromiso de atención con tiempo de espera programada.
Es deber del personal dar contestación o prestar un servicio en los plazos y términos determinados por la legislación universitaria o prestar el servicio en un tiempo razonable y proporcional a las necesidades planteadas.
Compromiso de objetividad.
En ningún caso o bajo ningún motivo el personal tendrá trato selectivo, preferente o arbitrario para con la persona de sus compañeros o de los usuarios. No se considerara trato selectivo, preferente o arbitrario el que el personal lleve una agenda de trabajo u organice en términos de calidad el ejercicio de la función universitaria que le compete.
Es deber del personal respetar el tiempo de los compañeros /compañeras o de los usuarios/usuarias de manera que las esperas en las distintas dependencias, institutos y escuelas sean objetivamente necesarias
Compromiso de proporcionalidad y no arbitrariedad.
El personal no podrá privar o ser privado o restringido en sus derechos salvo en los casos y en los términos que expresamente determina la legislación. En consecuencia, es deber del personal buscar un justo equilibrio y armonía en todas sus relaciones y actividades laborales.
Compromiso de asesoría y ayuda.
El personal tiene el deber de asesorar y ayudar a sus compañeros en el desarrollo de las funciones universitarias.
Compromiso de respeto y cortesía.
El personal tiene el deber y el derecho de tratar o recibir un trato cortes, diligente y respetuoso.
El personal tiene el deber de comportarse de manera cálida y accesible en las relaciones con sus con sus compañeros/compañeras.
En la atención que el personal brinde por teléfono, en los medios electrónicos o en persona, se deberá de observar una conducta de servicio y atención cálida.
El personal tiene el deber de contestar de la manera más exacta posible a las preguntas que le formulen los usuarios/usuarias.
Compromiso con la equidad de género.
Es deber del personal comprometerse con la equidad de género.
Es deber del personal eliminar y promover la eliminación de mitos, estereotipos o prejuicios que obstaculicen el desarrollo pleno de las mujeres trabajadoras.
Compromiso con las personas con discapacidad.
Es derecho del personal con discapacidad recibir la misma consideración, oportunidades y posibilidad de acceso al desarrollo de las funciones universitarias, sin más limitante que la progresiva eliminación de las barreras que la universidad promueva a través de sus programas.
Compromiso de un lenguaje adecuado y sensible al género.
Es deber y derecho del personal promover en todas las actividades de las funciones universitarias el uso del lenguaje no sexista, no machista ni misógino. Todas las comunicaciones e impresos deberán usar lenguaje inclusivo y sensible al género.
Es deber del personal evitar la utilización de lenguaje obsceno, así como la ejecución de bromas y comentarios sexistas.
Compromiso con la prevención de hostigamiento.
En la universidad está prohibida toda forma de hostigamiento sexual o laboral. En consecuencia el personal deberá promover las conductas que contrarresten y eliminen el hostigamiento, aboliendo todo abuso de las funciones o facultades que la ley concede.
Ningún integrante del personal podrá privar de los elementos de trabajo, de las condiciones o prestaciones laborales que la universidad concede o sancionar al compañero/ compañera por causas no establecidas estrictamente en la legislación.