La Oficina del Defensor Universitario mantiene su compromiso de consolidar y generar políticas, difusión y defensa de los derechos humanos, brindando un servicio de calidad gracias al apoyo de las Autoridades Universitarias y del Patronato Universitario. Sus funciones se encuentran reguladas en el Estatuto General, Capítulo IV, Artículos del 105 al 108, en consecuencia, el Defensor Universitario es un Ombudsman Organizacional que además de poseer las dimensiones clásicas de recibir, resolver las quejas y peticiones, también cuenta con la función de ser un garante de los servicios, de fomentar un ambiente laboral sano y armónico que ayuden a establecer una educación basada en la cultura democrática. El Defensor Universitario en el siglo XXI dirige sus esfuerzos a la solución total de un conflicto, atendiendo sus causas y características, mediante el uso de habilidades y técnicas no estrictamente jurídicas. Comúnmente, se denomina al órgano Oficina del Defensor Universitario, para denotar su carácter independiente e imparcial respecto de la estructura tradicional universitaria. A partir del 3 de febrero de 2015 el Honorable Consejo Universitario nombró por Unanimidad de votos como titular de la Oficina de Defensor Universitario al Maestro Juan Randell Badillo.

 


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