Dirección de Control Presupuestal

Funciones


Funciones establecidas en el Reglamento del Patronato de la Universidad Autónoma del Estado de Hidalgo, Capitulo II, de la Coordinación de Administración y Finanzas, articulo 38.

  1. La elaboración del anteproyecto del presupuesto anual de ingresos y egresos de la Universidad, que será entregado al Patronato para su revisión;

  2. La operación del presupuesto anual de ingresos y egresos de la Universidad autorizado por el Honorable Consejo Universitario;

  3. La elaboración de los calendarios de egresos correspondientes a cada ejercicio presupuestal;

  4.  La difusión de los lineamientos y procedimientos para operar y ejercer el presupuesto anual de ingresos y egresos de la Universidad, así como dar seguimiento a su ejecución;

  5.  La ejecución del sistema de control presupuestal de los recursos financieros de la Universidad;

  6. Coadyuvar en la elaboración del sistema contable de los recursos financieros de la Universidad;

  7.  La elaboración de los estados financieros presupuestales de la Universidad, así como la generación de la información analítica relacionada;

  8. La asignación de la partida presupuestal a los recursos que recibe la Universidad de conformidad a la normatividad que resulte aplicable;

  9.  Apoyar a las unidades académicas y administrativas para la aplicación de los recursos financieros relacionados con los diferentes proyectos;

  10.  La preparación de la propuesta para las adecuaciones y ajustes al presupuesto anual de ingresos y egresos de la Universidad;

  11.  La aplicación de las adecuaciones presupuestales que surjan con motivo de variaciones económico-administrativas y proponer las medidas correctivas en su caso;

  12. El seguimiento a las recomendaciones que se formulen a las dependencias y unidades de la Universidad, en materia de control presupuestal;

  13.  Preparar la información trimestral programática y presupuestal para la rendición de cuentas;

  14.  Formular e integrar, los reportes e informes que sean requeridos por la Coordinación, la Contraloría o el Patronato, y

  15. Las demás que asigne el Presidente del Patronato o la normativa universitaria.

 


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