El Comité de Ética en Investigación del Instituto de Ciencias de la Salud (CEI-ICSa), es un órgano colegiado institucional que atiende a lo dispuesto en los artículos 41 Bis y 98 de la Ley General de Salud, los cuales refieren que los establecimientos en donde se realice investigación en seres humanos deben contar con un CEI. Este comité funciona acorde a las disposiciones de la Comisión Nacional de Bioética y al marco internacional de declaraciones, pautas, guías o recomendaciones en materia de ética para guiar las investigaciones que involucran seres humanos.
Anexo 1
De acuerdo al Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Investigación para la Salud, el desarrollo de la investigación para la salud debe atender aspectos éticos que garanticen la dignidad y el bienestar de la persona sujeta a investigación: Toda investigación para la salud que involucre la participación de seres humanos debe contar con la evaluación y, en su caso, aprobación de un Comité de Ética en Investigación. Este requerimiento es de cumplimiento obligatorio tanto en el ámbito nacional como internacional. Lo anterior incluye investigaciones prospectivas, retrospectivas, de caso clínico, series de casos y uso de bases de datos (incluyendo las de libre acceso). Si bien, en algunas investigaciones no se tendrá contacto directo con los sujetos de investigación, es la facultad del CEI dictaminar si se requiere o no consentimiento informado y algún aspecto de vigilancia en el uso ético de los datos.
Las revisiones de literatura (alcance, sistemáticas, narrativas, meta-análisis, etc.), no son objeto de evaluación por el CEI-ICSa, el cual recomienda ampliamente que los autores registren su protocolo de búsqueda en bases como PROSPERO, Open Science Framework, INPLASY, o Research Registry.
El CEI-ICSa no evalúa investigaciones finalizadas para otorgar número de registro. La evaluación ética de un proyecto de investigación que involucre seres humanos debe realizarse previo al inicio del muestreo.
Primera entrega
Todos los protocolos aprobados por el CEI-ICSa, se registran con un número, el cual le será entregado vía oficio digitalizado y en físico. En el oficio se le indicará el seguimiento de su protocolo y los informes que deberá entregar una vez que finalice su protocolo.
Toda modificación que incluya cambios de investigadores, objetivos, metodología, lugar y periodos de aplicación, directores y otros que comprometen aspectos éticos de investigación y la integridad científica, deberán ser notificados al CEI-ICSa vía oficio y justificando las razones. El CEI tiene la facultad de indicar que es improcedente y detener su investigación si se detectan violaciones a los principios éticos fundamentales hacia los sujetos de estudio o si se detecta que no notificó dichas modificaciones.
Una vez terminado el proyecto, deberá informar sobre los resultados del mismo, por lo cual deberá solicitar al CEI-ICSa el Formato de Informe Final.