CONSIDERACIONES PREVIAS:
El presente reglamento tiene como objetivo general propiciar la seguridad e integridad de los estudiantes y personal académico durante las salidas y actividades de campo dentro o fuera de las instalaciones universitarias (denominadas "salidas"), contemplando los apartados de operatividad, seguridad, conducta, salud y sanciones.
Artículo 1.- Toda salida, relacionada con las asignaturas de la Licenciatura en Biología, con excepción de los Trabajos de Investigación, se solicita por escrito a la Coordinación de la Licenciatura en Biología (CLB), por medio del formato correspondiente (Anexo 1) y se entrega en las fechas publicadas dentro de la programación semestral de la CLB.
Artículo 2.- Toda salida es organizada por el profesor de la asignatura correspondiente. Ésta sólo puede realizarse con la participación del responsable y/o de un suplente, con el visto bueno de la CLB.
Artículo 3.- Es obligación del responsable entregar a la CLB, cuando menos una semana antes de la salida:
a) Itinerario de actividades, lo más detallado posible.
b) En caso de que algún estudiante sea menor de edad es necesario contar con un permiso escrito de su padre, madre o tutor legal (Anexo 2).
c) En caso de no contar con seguridad social, el alumno debe entregar una carta responsiva debidamente firmada (Anexo 3).
Artículo 4.- El responsable debe entregar a la CLB un informe de la salida en un plazo máximo de cinco días posteriores a su conclusión.
Artículo 5.- Pueden asistir a la salida aquellas personas que hayan sido registradas por el responsable.
Artículo 6.- Toda persona que participe en una salida debe contar con un asiento asegurado en el transporte designado por la CLB.
Artículo 7.- Sólo pueden asistir a una salida los estudiantes inscritos al curso correspondiente, el personal docente asignado a la materia, así como tesistas, estudiantes que realicen servicio social y/o personal académico de apoyo propio o ajeno a la Universidad, previamente autorizados por la CLB.
Artículo 8.- Todo participante de una salida debe portar una identificación oficial y vigencia demostrable en alguna institución de seguridad social.
Artículo 9.- Se prohibe el consumo de bebidas alcohólicas y cualquier sustancia ilegal durante la salida.
Artículo 10.- El alumno sólo puede ausentarse de las actividades propias de la salida o del grupo con conocimiento y permiso del responsable.
Artículo 11.- Los asistentes deben portar y utilizar debidamente el equipo y el material previsto para llevar a buen término la salida.
Artículo 12.- El responsable y los demás participantes deben observar los riesgos del terreno, el régimen de propiedad, el respeto a propiedades y bienes ajenos, la calidad del agua consumida, el clima, la presencia de fauna que signifique riesgo potencial y respeto al medio ambiente.
Artículo 13.- Para llevar a cabo cualquier recolecta, el responsable debe contar con los permisos correspondientes emitidos por las autoridades competentes.
Artículo 14.- En terrenos peligrosos, deben acatarse las instrucciones del responsable y evitar riesgos innecesarios.
Artículo 15.- En propiedades privadas debe evitarse el acceso y recolecta de especimenes, sin el consentimiento del propietario.
Artículo 16.- Está prohibido portar armas de fuego, armas blancas o sustancias peligrosas. Si para realizar algunas actividades propias de la salida se requiere cualquiera de éstas, se trasladarán en compartimientos especiales, bajo la supervisión del responsable y acompañadas de una carta institucional y/o permiso oficial que explique su naturaleza y uso.
Artículo 17.- Deben evitarse conductas inapropiadas que pongan en riesgo la seguridad individual o de los miembros del grupo o que pongan en entredicho el prestigio de la institución.
Artículo 18.- Es responsabilidad de los estudiantes conservar limpio y en buen estado el interior del vehículo, las habitaciones y cualquier espacio utilizado durante la salida.
Artículo 19.- El responsable de la salida será quien dé por iniciadas y terminadas las actividades de cada día.
Artículo 20.- El grupo de alumnos registrado para la salida es responsable de aquellos materiales y/o equipos que le confíe el (los) profesor (es); si éstos resultan extraviados o dañados por actitud negligente o irresponsable, deberán reponerlos a más tardar al iniciar la semana de exámenes ordinarios (globales) del curso correspondiente; de no ser así, se les negará el derecho a examen.
Artículo 21.- La recolecta de ejemplares y muestras, así como el sacrificio de especímenes biológicos, queda a criterio del responsable.
Artículo 22.- Si algún estudiante está capacitado en labores de primeros auxilios debe indicárselo al responsable previamente a la salida, a fin de que éste sepa con quién cuenta en una situación de emergencia.
Artículo 23.- Cualquier picadura, mordedura o lesión deberá ser reportada de inmediato al responsable, por inofensiva que parezca, para que se evalúe y se pueda tomar oportunamente las medidas pertinentes.
Artículo 24.- Es obligación del grupo de alumnos registrados en la salida, llevar un botiquín y reponer los insumos que se hayan consumido, como máximo, una semana después de concluida la salida.
Artículo 25.- Los estudiantes deben manifestar por escrito al responsable, y con anticipación, cualquier padecimiento, así como el tratamiento al que esté siendo sujeto.
Artículo 26.- El incumplimiento al presente reglamento, por parte de cualquier participante de la salida será turnado a la CLB y, en caso de ser necesario, serán discutidas y evaluadas ante el CALB (Consejo Académico de la Licenciatura en Biología) Toda acción o incumplimiento que registre consecuencias graves y/o legales será remitido directamente ante el H. Consejo Técnico del Instituto de Ciencias Básicas e Ingeniería (ICBI), el cual determinará las acciones académico administrativas pertinentes.
Artículos Transitorios.- Toda salida está sujeta a la normatividad del presente reglamento. Todo aquello que no se contemple en él se resolverá ante la CLB, y en caso de considerarlo pertinente ésta la turnará ante el CALB.
El presente reglamento entrará en vigor el día siguiente de su aprobación.
Revisado y aprobado 12
de febrero de 2003 por
el
CONSEJO
ACADÉMICO DE LA LICENCIATURA
EN BIOLOGÍA
Dr. Alberto Enrique Rojas Martínez(Presidente) | Biol. Ulises Iturbe Acosta(Secretario) |
M. en C. Jesús Castillo Cerón |
M. en C. Consuelo Cuevas Cardona |
M. en C. Juan Carlos Gaytán Oyarzún | Dra. Irene Goyenechea Mayer-Goyenechea |